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TEXTO DEL ACUERDO ENTRE EL CENTRO
INTERNACIONAL DE MATEMATICA PURA Y APLICADA (CIMPA) Y LA UNION MATEMATICA
DE AMERICA Y LATINA Y EL CARIBE (UMALCA) PARA IMPULSAR LA FORMACION MATEMATICA
AVANZADA EN AMERICA CENTRAL Y EL CARIBE. 1. A los efectos de impulsar el desarrollo de la formación matemática avanzada
en los países de América Central y el Caribe, UMALCA, conjuntamente con
las Sociedades Matemáticas de México y de Venezuela, ha decidido poner
en marcha un programa mediante el cual se financiará el viaje y la estadía
de estudiantes de América Central y el Caribe para participar en las Escuelas
Anuales de verano de México y de Venezuela. Este programa comienza a ejecutarse
en septiembre de 2000 en Mérida, Venezuela, y continuará año tras año,
alternando ambos países de residencia de las escuelas. 2. El presente acuerdo tiene por finalidad implementar un apoyo del CIMPA
a dicho programa, como parte de su política de estímulo a la actividad
matemática en América Latina y el Caribe. El acuerdo será firmado por
CIMPA, UMALCA y las Sociedades Matemáticas de México y de Venezuela. Salvo
que haya objeciones de parte de alguna de las instituciones firmantes,
se prevé una evaluación conjunta del presente acuerdo al cabo de 3 años
de firmado, a los efectos de su continuación y de la implementación de
eventuales cambios. 3. Las condiciones básicas de aplicación del acuerdo serán las siguientes: a) Con una anticipación no menor a 16 meses, el Comité Organizador de las
Escuelas informará al CIMPA acerca del programa científico proyectado
y de los restantes aspectos organizativos de cada Escuela, adjuntando
simultáneamente un proyecto de distribución de los fondos solicitados.
Inicialmente, una vez aprobado el presente acuerdo, se espera que el Comité
Organizador haga llegar al CIMPA esos recaudos antes del 30 de junio de
2000, incluyendo la programación de las Escuelas de 2001 (México) y de
2002 (Venezuela). b) Efectuados por parte del CIMPA el análisis y la resolución sobre la solicitud
respectiva, de acuerdo a sus procedimientos de evaluación científica y
a sus normas internas, el CIMPA pondrá en conocimiento del Comité Organizador
la resolución adoptada. c) Para el caso de que la resolución del CIMPA sea afirmativa, se prevé un
monto estimativo por Escuela (es decir, anual) no mayor que FF 65.000.=,
cuyo destino debe reservarse a la invitación de 1 ó 2 profesores europeos
o latinoamericanos para el dictado de cursos y 7 u 8 becas para estudiantes
de América Central y el Caribe, que permitan cubrir sus gastos de viaje
y de alojamiento. Estas cifras se dan a título indicativo y deberán ser
motivo de una consideración detallada en cada caso. 4) La responsabilidad operativa de este acuerdo estará en manos de la Dirección
del CIMPA y de la Secretaría de UMALCA. Todo aspecto no previsto o las
modificaciones o interpretaciones de este texto, serán
realizados de común acuerdo entre las autoridades de las instituciones
firmantes. Junio
de 2000.
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| Última actualización: diciembre de 2006 | ||||||||